Separación: concepto, funciones y clases

La separación de los cónyuges se produce cuando tiene lugar el cese efectivo de la convivencia conyugal. Cuando esa cesación se ampara en una resolución judicial que la decreta, estamos ante el instituto jurídico de la separación que se encuentra regulado en el Código Civil.

La separación, como institución jurídica, puede desempeñar diversas funciones:

  • Como mecanismo autónomo de solución de las crisis matrimoniales.
  • Como paso previo necesario a la solicitud de divorcio.
  • Como tiempo de reflexión antes de solicitar el divorcio.

Dicho lo cual, la separación puede ser de Derecho (separación judicial) o de hecho (cuando los cónyuges, simplemente, dejan de vivir juntos), ya sea de común acuerdo, ya sea por voluntad de uno solo de ellos, pero sin que exista pronunciamiento judicial al respecto.

En este sentido, cabe decir, que mientras con la separación judicial cesa la obligación de convivencia, con la separación de hecho simplemente se incumple. No obstante, la separación de hecho, puede tener también una cierta dimensión jurídica.

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